Campaña y notas sobre violencia de género digital
Como hace varios años ya, junto con Movistar Argentina lanzamos una nueva campaña de sensibilización. En este caso sobre la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.
Además, les compartimos las tres notas realizadas por el equipo de Educación de Faro Digital como apoyo a la campaña de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento de Movistar y para el portal Dialogando.
Las mismas fueron realizadas por nuestra directora Lucia Fainboim, junto con Milagros Schroder y Natalia Corvalán.
¿Qué hacer ante la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento?
En internet asumimos diversos roles de acuerdo a nuestras acciones: si leemos, si vendemos, si trabajamos, si compramos, si jugamos, si interactuamos, y muchos “etcétera” más. Los entornos digitales nos permiten hacer y vivir diversas experiencias y en cada una nos ubicamos -con bastante comodidad- en el rol asignado.
Navegamos los entornos digitales sabiendo en términos generales qué hacer o, al menos, cómo averiguar qué hacer cuando algo no sale como esperábamos. Los problemas que nos interpelan en tanto usuarios y usuarias o consumidores y consumidoras suelen tener, con mayor o menor eficacia, soluciones al alcance de la mano. Podemos devolver compras, calificar pedidos o aplicaciones, valorar servicios y alimentar bases de opiniones sobre profesionales o empresas.
Invisibilización
Sin embargo, todas las sociedades y comunidades tienen temas invisibilizados. Internet, como espacio público, no es la excepción. Vamos a plantear un escenario hipotético: si indagamos qué porcentaje de las personas conectadas asiduamente a Internet sabe cómo cancelar una compra y lo comparamos con cuántos de esa misma población saben cómo denunciar la difusión de sus imágenes íntimas sin permiso: ¿qué mecanismos conocerán más?
Lo cierto es que la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es una de las violencias más frecuentes en entornos digitales, experimentada por una proporción preocupante de las personas conectadas a Internet.
Sin embargo, gira a su alrededor mucho desconocimiento: se minimiza la situación invirtiendo incluso la carga de la responsabilidad entre la víctima y el victimario, colocando la culpabilidad en quien envió las imágenes y no en quién las difundió. Se desconocen las graves consecuencias en la integridad y reputación de la víctima y, especialmente, se conoce muy poco sobre qué hacer ante un caso y cómo denunciarlo.
Sexting como práctica
Para analizar esta violencia, se debe primero aclarar que el sexting, es decir el envío de imágenes sexuales desde plataformas digitales, es una práctica legítima siempre que cuente con autorización. La posterior difusión de esas imágenes sin consentimiento es un tipo de violencia que debe ser identificada, evitada y denunciada. A nivel legal Argentina aún no cuenta con una ley que penalice esta práctica pero todo hace creer que muy pronto la tendremos: el Senado de la Nación dio media sanción en julio del 2020 a un proyecto de ley que la tipifica y penaliza.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas como una contravención. Lo cierto es que haya una ley específica o no, estamos ante la presencia de un tipo de violencia que debe a priori ser denunciado tanto en las mismas plataformas digitales como en la justicia.
¿Cómo denunciar? Algunas pistas clave:
- Todas las plataformas digitales (redes sociales, mensajerías instantáneas y los propios buscadores) tienen herramientas específicas para denunciar si una imagen está siendo publicada sin autorización. Es necesario hacer la denuncia ya que es el mecanismo que tienen los servidores para eliminar el contenido.
- Recurrir a la justicia para analizar la situación. Aunque aún no sea un delito, en muchas situaciones donde existe difusión de imágenes sin consentimiento, hay convivencia de delitos sí tipificados: extorsión, robo de identidad, robo de información íntima, amenazas, etc. Es necesario que la Justicia determine si hay elementos para denunciar e investigar. En el sitio www.fiscales.gob.ar se puede conocer la fiscalía más cercana para el asesoramiento. En nuestro país existen fiscalías especializadas en delitos informáticos y siempre se recomienda utilizarlas en estos casos.
- Guardar todas las pruebas posibles puede agilizar la denuncia: capturas de pantalla, mensajes, imágenes recibidas o enviadas, etc.
- La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento se considera un tipo de violencia de género ya que la mayoría de las víctimas son mujeres y se reproducen diversos patrones de violencia y desigualdad de género. En ese sentido, se puede pedir asesoramiento a la línea 144 desde todo el país, en forma gratuita y a cualquier hora.
Es clave tener empatía y acompañar a las víctimas. Las violencias en Internet son vinculares y se potencian por nuestras propias acciones. Está en cada uno y una de nosotros y nosotras potenciar los daños o apoyar a las víctimas.
Lucía Fainboim, Directora de Educación de Faro Digital
Sextear sí, difundir sin consentimiento no
Cuando una persona decide explorar su cuerpo y compartir esos momentos de intimidad con otra, puede hacerlo fuera de línea o en línea.
El envío de imágenes íntimas a través de plataformas digitales es un derecho individual y una práctica habitual, conocida como sexting.
Es lógico que, si el celular es una extensión de nuestra mano, vivamos las sexualidades mediante el uso de la tecnología digital.
Suele pensarse el sexting solo como un hábito adolescente, asociándolo a la iniciación sexual, pero son muchísimas las personas adultas que recurren al espacio virtual para enviar fotos, videos, audios y textos con contenido íntimo. Los entornos digitales permiten acercar distancias y habilitar una comunicación instantánea que fomenta la efectividad de la práctica.
Entender el sexting como una experiencia legítima nos habilita hablar de la exploración con consentimiento y poner el foco en cómo vivirlo de modo seguro.
El sexting implica un pacto entre dos personas (a veces pueden ser más, pero es un grupo reducido y limitado) en el que se acuerda respetar la intimidad de quienes participan. Ese acuerdo es posible si hay confianza, si hay decisión, si hay voluntad, si hay libertad y si existen medidas de seguridad que se puedan tomar.
Algunos consejos para el sexting seguro son:
- Anonimizar las imágenes (ocultar cualquier marca personal que pueda reconocerse: cara, lunares, tatuajes, objetos),
- Usar contraseñas robustas,
- Tapar la cámara mientras no se esté usando, borrar las imágenes de los dispositivos cuando ya no se estén usando (verificar que no haya quedado copia en la nube).
Pero, sobre todo, pensar antes de enviar si queremos compartir esa imagen.
¿Por qué tiene tanta mala prensa el sexting? Porque cuando el pacto se rompe y lo privado se hace público el riesgo de viralización tiene consecuencias fuera de línea y en línea.
Una de las partes puede difundir sin consentimiento o un tercero puede acceder al material y difundirlo. La responsabilidad principal de la difusión es de quien rompe el acuerdo de mantener la privacidad de las imágenes, pero el efecto de viralización introduce otras responsabilidades en quienes participan en la cadena compartiendo, reaccionando a la imagen con un «me gusta» o aprobando la difusión a partir de un comentario sobre la foto o el video.
Pasar de privado a público sin el consentimiento de la persona es exponer su intimidad y vulnerar su identidad.
Esto es violento. Es una violencia digital, pero además una violencia de género.
La mayoría de las víctimas son mujeres y esto responde a numerosos factores culturales y sociales, entre los que se destaca la sexualización del cuerpo de la mujer. Esto implica un daño directo en la identidad digital de las víctimas con repercusiones concretas en el espacio fuera de línea. Desde la exclusión del espacio digital hasta la discriminación y la revictimización: son muchísimos los riesgos derivados de esta violencia.
Tenemos que promover el respeto y habilitar el diálogo.
El sexting decidido y seguro es legítimo. Es fundamental establecer los espacios digitales como parte de la Educación Sexual Integral para hablar acerca de las prácticas virtuales, conocer sus riesgos y para abordar las violencias digitales. Ampliar el enfoque es clave para establecer los límites entre una práctica personal íntima y una acción pública agresiva.
Milagros Schroder, miembro de Faro Digital
Sexting: entre el placer y el peligro de ser violentadas
Se conoce como Sexting a la práctica de compartir voluntariamente contenido de índole sexual a través de tecnologías digitales. El sexting en sí, no tiene nada de malo, ya que se trata de un acto genuino y entre pares donde no media ningún tipo de engaño ni manipulación. En el libro Sexteame, amor y sexo en la era de las mujeres deseantes, la periodista argentina especializada en género, Luciana Peker, explica que la práctica no es mala ni peligrosa si es consentida, respetada y disfrutada.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que como toda práctica realizada en el espacio público (¡Internet lo es!), tiene sus riesgos.
En este caso, una de las posibles consecuencias negativas o no deseadas es la difusión no consentida de esos materiales íntimos. Es decir, cuando alguna de las partes rompe el “pacto” de intimidad y difunde esas imágenes, videos, audios y/o conversaciones privadas con otras personas y sin autorización de la otra parte involucrada a través de cualquier soporte o entorno digital (redes sociales, servicios de mensajería y todo medio social digital en el que se pueda compartir información).
El sexting no tiene género. Lo practican tanto mujeres como varones, sin embargo las víctimas de la difusión de imágenes o contenido íntimo sin consentimiento suelen ser mujeres y chicas.
Esto no es azaroso ni casual. Se trata de un tipo de violencia de género digital que reproduce y refuerza la posición de poder del varón sobre la mujer y su capacidad de violentarla, exponerla y vulnerar sus derechos de privacidad e imagen.
Lo que conocemos como violencia género digital no es más que una extensión del machismo histórico en el que las chicas y las mujeres vivimos.
Lo novedoso es que ahora también se da a través de las tecnologías y en espacios digitales. Este tipo de violencia presenta un carácter fuertemente sexual y ataca sobre todo a los cuerpos y la vida íntima de las identidades feminizadas provocando una exposición no deseada, humillación y hostigamiento.
Los medios masivos de comunicación suelen tratar y titular estos hechos como “porno venganza”, pero en realidad, estas prácticas nada tienen de pornográfico ni de vengativo.
Hablar de porno venganza es estigmatizar y volver a poner la mirada y la culpa sobre quien sufre, sobre la víctima.
En realidad, por lo general, se trata de varones machistas que difunden imágenes o videos íntimos de sus ex parejas o de mujeres, con el fin de exponerlas y generarles un daño público.
La Ley Nacional N°26.485 de Protección Integral
La misma busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, considera a las violencias por razones de género como “toda conducta, por acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como privado, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica, participación política, como así también de seguridad personal de las mujeres”.
Dicha ley amplía los sentidos en relación al reconocimiento de los distintos espacios donde se cristalizan los diferentes tipos de violencias y nos habilita el abordaje de la violencia de género digital.
Internet no es un espacio neutro. Las desigualdades históricas, culturales, sociales y de género se encuentran también en el espacio digital
Por eso es importante discutir, debatir y accionar sobre qué tipo de Internet queremos construir y habitar desde la enseñanza de Ciudadanía digital con el abordaje de la Educación Sexual Integral.
Natalia Corvalán, miembro de Faro Digital.